El intento de despolitizar el conflicto del petroleo


Durante la ultima semana hemos visto un fuerte y claro intento de despolitizar el conflicto del petróleo y convertirlo en una reivindicación puramente ecologista. 

Por encima de cualquier otra consideración este es un conflicto político  y argumentar lo contrario con argumentos simplistas es tratar de mantener a este pueblo en la adolescencia con argumentos emocionales en lugar de permitirle alcanzar la madurez politica, social y económica.

Por encima de si petróleo si o petróleo no existe una cuestión de muchisimo mas calado y es el hecho de que los recursos naturales de un pais son propiedad soberana de sus habitantes y pertenecen no solo a las generaciones actuales sino también a las futuras.

Los recursos naturales, incluida la biodiversidad, son de Canarias y corresponde a Canarias el decidir que hacer con ellos. Corresponde a Canarias decidir que modelo de desarrollo económico y social quiere y no las imposiciones de una metrópolis a 2.000 kilómetros de distancia.

El argumento puramente ecologista obvia algo que es fundamental y es el hecho de que el gobierno español quiere explotar "de facto" algo que no es suyo. La única entidad que tiene un derecho por naturaleza sobre la titularidad de ese espacio es Canarias, como así lo reconoce Marruecos. Canarias tiene una opción de soberanía sobre esas aguas y para ejercitarla habrá de convertirse en estado independiente u obtener el estatus de plena autonomía interna,. y en ambos casos las aguas y los recursos serán canarias y no españolas (por mucho que se decida seguir incorporados al Reino de España como plena autonomía interna si fuese el caso).

Muchos de los que están a favor de las prospecciones cambiarían de opinión si se les explicase la realidad del modelo que quiere imponer el estado español. España trata de quedarse con un recurso que no es suyo expoliando como expoliaron en su día el oro de los Incas. Cualquier otra interpretación del modelo de explotación propuesto por Repsol y el  Ministerio de Industria es faltar a la verdad.

Pero ante estas verdades incuestionables, durante la última semana hemos sufrido una ofensiva para despolitizar el conflicto, una despolitización que solo beneficia a quienes están a favor de las prospecciones y a los intereses del estado español. En el pasado no se ha conseguido frenar ni el Puerto de Granadilla, ni la ley de costas, ni hoteles ilegales, ni muchos otros proyectos cuyos intereses económicos son insignificantes en comparación con los intereses económicos, militares y geoestrategicos de este nuevo conflicto con el estado español.

Ese intento de despolitización ha resultado en que no ha habido rueda de prensa para la manifestación de la plataforma en Gran Canaria o la negativa de determinados grupos a apoyar la manifestación de la Laguna en Tenerife a las 17:00 horas en la plaza del ayuntamiento, dividiendo la convocatoria en dicha isla.

Los independentistas sabemos que 10 independentistas son mas peligrosos para el sistema que 1.000 ecologistas y que el aparato del estado actúa en consecuencia.


Comentarios

  1. Estoy totalmente de acuerdo con este articulo,pero da la imprecion que los serviles al colonialismo tienen mucho miedo de librarce del sindrome de colonizado, y se auto engañan,creo que es el momento de que llamen las cosas por su nombre o lo van a pagar muy caro.

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  2. He estado oyendo algunas tertulias a nivel estatal y el tema de las aguas juridicciones se omite a posta. En plan "ese tema es muy complejo y lo tratamos en otro programa". Mientras se dedican a ponernos a caer de un burro. Curioso lo de los catalanes no he oido ni a uno en contra de las perforaciones y se han vuelto superespañolistas, aunque hablado de Canarias hasta el más radical del PNV se vuelve español hasta la médulo.

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  3. Teixira,somos la coloia que todos quieren tener subordinada,el teatro que monto el Borbon en el sahara, les a salido muy rentable,las vidas humanas les importa muy poco, a nosotros nos tienen en el punto de mira,por eso es importante que este pobre pueblo tome consiencia de la situacion.

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  4. loloman repasate le motor que se te sale el agua por el carburador....

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  6. mira loloman, como sigas spameando y difamando te borro los comentarios. Opina lo que quieras pero no des informacion falsa.

    y si haces una afirmacion demuestrala.

    bueno mira, te borro el comentario y punto.

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  7. Demostrarlo es tan sencillo como leer la Convención sobre el Derecho del Mar:

    Art. 2.2 La soberanía del Estado ribereño se extiende más allá de su territorio de sus aguas interiores y, en el caso del Estado archipelágico, de sus aguas archipelágicas, a la franja de mar adyacente designada con el nombre de mar territorial.

    Art. 3 Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención.

    Art. 47.1 Los Estados archipelágicos podrán trazar líneas de base archipelágicas rectas que unan los puntos extremos de las islas y los arrecifes emergentes más alejados del archipiélago, a condición de que dentro de tales líneas de base queden comprendidas las principales islas y un área en la que la relación entre la superficie marítima y la superficie terrestre, incluidos los atolones, sea entre 1 a 1 y 9 a 1.

    Art. 121.2 el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental de una isla serán determinados de conformidad con las disposiciones de esta Convención aplicables a otras extensiones terrestres.

    Estos cuatros párrafos nos aclaran perfectamente que el mar territorial de un territorio (sea isla o continente) se extiende hasta las 12 millas desde su costa, líneas rectas de mar interior, y en el caso de los archipiélagos estados, desde las líneas rectas archipelágicas.

    Si Canarias fuera independiente, las aguas entre las islas serían mar territorial (cosas que no lo son ahora), pero hacia el exterior, , no abarcaría más de las 12 millas.
    También Marruecos solo tiene 12 millas de aguas territoriales desde su costa.

    ¿Qué se dice sobre las ZEE?

    Art. 56.1.a En la zona económica exclusiva, el Estado ribereño tiene Derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploración y explotación económica de la zona, tal como la producción de energía derivada del agua de las corrientes y de los vientos.

    Art. 57 La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

    Como se pueden ver de estos artículos, que un archipiélago sea independiente o no, no influye para nada sobre el derecho a poseer sus 200 millas de ZEE. Por lo tanto, España tiene alrededor cada isla de Canarias soberanía sobre las 200 millas de la misma forma que Marruecos.

    Al solaparse las zonas de ZEE marroquí y española, el acuerdo entre los dos estados determinará dónde está la frontera. Aunque no hay acuerdos definitivos, la postura de la mediana para clara, ya que ambos estado han concedido concesiones petrolífera, exclusivamente de su lado de la mediana.

    Estos son mis argumentos. ¿Hay debate?

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  8. Estupendo y será asi cuando canarias sea un Estado archipielagico, pero desgraciadamente NO LO ES. Canarias no es un Estado archipielagico sino un "archipielago de Estado", es decir un archipielago que pertenence a otro estado y en este caso ademas en otro continente.

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  9. Como lo demuestra el Art. 121.2 Canarias no necesita ser independiente para tener ZEE.

    Por lo tanto, la concesiones a Repsol se hacen conforme a derecho.

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  10. que parte de "Canarias no es un ´Estado archipielagico´ sino un ´Archipielago de Estado´a dia de hoy" es la que no entiendes?

    Déjate de spamear y engañar a la gente.

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  11. Y dale con spamear o engañar...

    ¿En que parte de la Convención sobre el Derecho del Mar pone que un archipiélago de estado no tiene derecho a su ZEE?

    La única diferencia entre un estado archipelágico y un archipiélago de estado es que el primero tiene derecho a tener soberanía sobre las aguas archipelágicas.

    Si me estuviera equivocando sería el primero en reconocerlo, pero la postura que defiendes no esta reflejada en las leyes internacionales.

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  12. Toda la reglamentación de la convencion del mar se refiere a Estados archipielagicos y Canarias no es un estado archipielagico sino una posecion de ultramar en Africa de un Estado Europeo. Eso es lo que significa RUP o region ultraperiferica = colonia.

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  13. si te lo dice hasta wikipedia hombre


    "Por lo general, a los estados archipelágicos se les respeta implícitamente esta norma, pero no así a los archipiélagos que forman parte de un país continental (casos de Madeira y Azores en Portugal, o las Canarias en España). De esta manera, el estado correspondiente ha de aprobar un texto legislativo donde se definan explícitamente estas aguas, así como la condición archipelágica del territorio insular."

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  14. La convención sobre el Derecho del Mar se refiere a cualquier territorio, sea archipiélago, sea continental o isla aislada.

    La parte IV es la que habla sobre los estados archipelágicos. Los define, indica como se delimitan las aguas archipelágicas y especifica los derechos de dichos estados sobre esas aguas.

    La parte VIII del régimen de las islas, deja claro (por si hubiera dudas) de que en materia de aguas territoriales, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental las normas que rigen a un continente, rigen de igual forma para un o varias islas.

    De hecho, Azores, Guadalupe, Hawai o Nueva Caledonia tienen su ZEE y no son archipiélagos estados.

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  15. Si tienen 200 millas de ZEE es porque tiene plena autonomía interna. Nueva Cadelonia tiene abierto un proceso de descolonización entre el 2.014/18 y Hawai es un estado al igual que Azores tiene plena autonomía interna.

    Incluso tienen leyes de residencias...

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  16. Bentexui,

    Hasta Baleares tienen su ZEE...

    Me gustaría saber en que artículo de la Convención del Derecho del Mar sacan que un archipiélago no estado o sin plena autonomía interna no tiene derecho a su ZEE.

    Por mucho que me lea la ley de arriba a abajo, no lo veo por ningún lado.

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  17. Baleares no tiene ZEE. Esta dentro de la ZEE española.

    Las ZEE de Canarias son 12 millas

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  18. madeira y azores tienen su zee porque no limitan con nigun otro estado y porque tienen plena autonomia interna

    Hawai tampoco limita con nadie y son parte del imperio, asique vete a decirle algo. El tema de hawai pertenece a las comunidades indigenas, con ley de residencia incluida y el turismo solo ocupa una pequeña parte.

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  19. Claro que la ZEE de Baleares es la ZEE española, como la Guadalupe es la ZEE francesa...

    Pero la ZEE que tiene España por el mediterráneo se extiende más allá de las 200 millas de la costa española y también más allá de las 12 millas de las costas baleares.

    Art. 3 Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención.

    Art. 57 La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.

    Art. 121.2 el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental de una isla serán determinados de conformidad con las disposiciones de esta Convención aplicables a otras extensiones terrestres.

    Te estas confundiendo, las ZEE son siempre de 200 millas a menos que se solapen con otra colindante.

    Las primeras 12 millas son de mar territorial, no de ZEE.

    La ZEE de cualquier territorio, como bien dice el Art. 57, son las 200 millas desde las líneas bases rectas o desde las líneas de bases archipelágicas en el caso de los estados archipelágicos.

    Con lo cual, la única diferencia entre un estado archipelágico y un archiélago de estado radica en desde dónde se empieza a medir las 200 millas de su ZEE. No si tiene o no derecho a ella.

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  20. Que no hombre, España en Canarias sólo tiene 12 millas el resto son aguas marroquíes.

    España tiene sus 200 millas en su ribera, no en la africana.

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  21. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  22. Enseñame donde pone que un archielago de estado tenga derecho a su ZEE. porque todo lo que me has enseñado se corresponde a un ESTADO ARCHIPIELAGICO

    asi que deja de usar falacias burdas

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  23. La realidad es que tus "argumentos" que repites constantemente loloman, se los desmonta muy facilmente con una sencilla frase: "Mira la jurisprudencia sobre el tema y veras que a los archipielagos de Estado les conceden 12 millas a no ser como azores o madeira que no tengan frontera con ningun otro estado y tengan plena autonomia interna como los archipielagos portugueses"

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  24. Como veras los archipielagos de Estado no pueden firmar la convencion, solo los estados archipielagicos, los estados libres asociados y los territorios con plena autonomia interna

    Convención de las Naciones Unidas
    sobre el Derecho del Mar

    PARTE XVII
    DISPOSICIONES FINALES
    Artículo 305
    Firma
    1. Esta Convención estará abierta a la firma de:
    a) Todos los Estados;
    b) Namibia, representada por el Consejo de las Naciones Unidas para Namibia;
    c) Todos los Estados asociados autónomos que hayan optado por esa condición en un acto de libre determinación supervisado y aprobado por las Naciones Unidas de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General y tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas;
    d) Todos los Estados asociados autónomos que, de conformidad con sus respectivos instrumentos de asociación, tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados
    en relación con ellas;
    e) Todos los territorios que gocen de plena autonomía interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, pero no hayan alcanzado la plena independencia de conformidad con la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, y que tengan competencia sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados en relación con ellas;
    f) Las organizaciones internacionales, con arreglo al Anexo IX.
    2. Esta Convención estará abierta a la firma hasta el 9 de diciembre de 1984 en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Jamaica y, asimismo, desde el 1° de julio de 1983 hasta el 9 de diciembre de 1984 en la Sede de
    las Naciones Unidas en Nueva York.

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  25. Posiblemente borrarás este comentario también, como los demás...

    Pero la firma del convenio le compete al estado soberano, en este caso, España.

    El artículo 305 1.a. "todos los estados", incluye obviamente España.

    Con lo cual, a España le corresponde, tal y como rige el convenio, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental que se proyectan desde las costas canarias.

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  26. Das mas lata que un niño en brazos,... que te mires la jurisprudencia internacional y es la 5 o 6 vez que te lo digo.

    de la moción presentada en el cabilod de la gomera....

    - La ZEE reivindicada por España, dentro de cuyas coordenadas ha otorgado su Gobierno las concesiones, ha sido establecida de forma unilateral por el Gobierno español, en base a Leyes estatales como las de delimitación del Mar Territorial de 1976 y de la ZEE de 1977, que contravienen las resoluciones aprobadas posteriormente en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), ( Montego Bay, Jamaica, 1982), con España como país signatario, y en vigor desde el 16.11.1994.

    -En dicho CONVEMAR se distingue claramente entre Estados archipielágicos y archipiélagos de Estado, como Canarias, otorgando sólo a los primeros y no a los segundos, la posibilidad de establecer su Mar Territorial a partir del perímetro de bases rectas trazadas desde los puntos exteriores del Archipiélago. Por cuya razón, tanto la mencionada ley estatal sobre el Mar Territorial de 1976, como la reciente Ley 44/2010, de Aguas Canarias, carecen de cobertura jurídica internacional, correspondiendo a Canarias sólo el Mar Territorial encerrado dentro de las doce millas medidas a partir de las líneas de base normales trazadas en las costas de cada Isla.

    -Respecto a la ZEE, el CONVEMAR sólo otorga las 200 Millas, combinadas con las correspondientes medianas con los Estados colindantes, a los Estados archipelágicos, obligando a los Estados integrados por zonas continentales y archipielágicas, o Estados mixtos, a llegar a arreglos con los Estados ribereños y otros Estados archipielágicos o mixtos, para la delimitación de las áreas marítimas compartidas, incluyendo las medianas correspondientes.


    -En el caso de no llegarse a arreglos, las controversias planteadas deben resolverse mediante el arbitraje o los Tribunales Internacionales, como el Tribunal de Derechos del Mar (Hamburgo) ó la Corte Internacional de Justicia (La Haya), cuya jurisprudencia ha favorecido siempre hasta ahora a los Estados ribereños frente a los Estados mixtos con archipiélagos de Estado como Canarias. Sobre todo en lo relativo al reconocimiento de plataformas continentales submarinas favorables a los ribereños, desde cuyo límite -y no desde el de la bajamar costera- se establecen las medianas con criterios equitativos y no equidistantes.

    -Hasta el momento no se ha establecido ningún arreglo entre los Estados concernidos, España, Portugal y Marruecos, ni es presumible que se haga antes de la resolución del contencioso del Sahara Occidental, que bloquea cualquier posibilidad de acuerdo.

    -Por tanto, la ZEE reivindicada por España carece de cobertura jurídica internacional, independientemente de que la pendiente Sentencia del Tribunal Constitucional otorgue las competencias sobre licencias de prospección y explotación en favor del Gobierno estatal o del canario.

    -Esta ausencia de cobertura jurídica internacional para unas Leyes internas españolas, origina una indefensión muy preocupante para los intereses de Canarias y la preservación del medio marino, ante cualquier controversia, conflicto ó accidente relacionado con las actividades de prospección y extracción previstas, que se desarrollarían en un ámbito equiparable al de la piratería, a efectos jurídicos internacionales.

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  27. que parte de "no nos da la gana de que nos robe España" es la que no entiendes?

    que parte de hast alos cojones del regimen colonial es la que no entiendes?

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  28. Mira Lolo, para no liar a la gente con temas tecnicos y juridicos te lo voy a poner facil. Enseñame un documento, uno solo, en el que Marruecos reconozca a España la mediana y la titularidad de las aguas. Yo en cambio si te puede enseñar documentos donde España reconoce la soberania marroqui de las aguas, concretamente los acuerdos de pesca

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  29. Hay que reconocer tu gran capacidad de imaginación. Eso no te lo quita nadie!

    Como dice el artículo 57 de la CONVEMAR:

    "La zona económica exclusiva no se extenderá más allá de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial."

    El artículo 5 rige a cualquier territorio que no sea estado archipelágico:

    "Salvo disposición en contrario de esta Convención, la línea de base normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a lo largo de la costa, tal como aparece marcada mediante el signo apropiado en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño."

    La única diferencia para los estados archipelágicos radica en los artículos 47.1 y 48:

    "Los Estados archipelágicos podrán trazar líneas de base archipelágicas rectas que unan los puntos extremos de las islas y los arrecifes emergentes más alejados del archipiélago, a condición de que dentro de tales líneas de base queden comprendidas las principales islas y un área en la que la relación entre la superficie marítima y la superficie terrestre, incluidos los atolones, sea entre 1 a 1 y 9 a 1."

    "La anchura del mar territorial, de la zona contigua, de la zona económica exclusiva y de la plataforma continental se medirá a partir de las línea de base archipelágicas trazadas de conformidad con el artículo 47."

    Esta muy claro que en ningún sitio dice que los archipiélagos de estado no tengan derecho a ZEE.

    La única diferencia entre un estado archipelágico y un archipiélago de estado radica en desde dónde se mide su ZEE, no si la tiene o no.

    No hay ninguna jurisprudencia que contradiga este hecho y que quite su ZEE a ningún territorio por ser "estados mixtos" o "archipiélagos de estado".

    Es más, esos términos ("estados mixtos" y "archipiélagos de estado") no existen el convenio.

    El único término que si se emplea "Estado ribereño" no tiene más definición que ser un estado con costa. Nunca el sentido de estado continental que le quieres dar.

    Esos términos y el uso que les das solo están en tu imaginación.

    Respecto a los acuerdos de pesca, otro bulo que daría risa si no fuera algo tan serio.

    En el artículo 2 de ese acuerdo, expone que la definición de "zona de pesca marroquí" es "las aguas bajo soberanía o
    jurisdicción del Reino de Marruecos".

    Dado que la comisión europea establece la ZEE de Canarias hasta la mediana con Marruecos, las latitudes que se emplean en el apéndice 4 solo marcan diferentes zonas de la ZEE Marroquí y nunca incluyen la de Canarias.

    Con lo cual, no existe ningún reconocimiento a Marruecos de nada.

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  30. http://www.eldia.es/2012-04-07/criterios/criterios14.htm

    La tan cacareada "ley de aguas canarias", es un auténtico camelo, un fluff ; una mera y simple declaración de intenciones, sin efecto alguno, del Legislativo español, que se excedió en sus atribuciones promulgando una ley de Derecho Internacional del Mar, materia en la que no es competente en absoluto. Canarias, en tanto que territorio de ultramar de un Estado europeo en África -lo que es un hecho incontestable-, solo tiene reconocidas internacionalmente las consabidas 12 millas de "mar territorial español" alrededor de cada Isla; siendo el resto de los espacios marinos entre Islas y más allá de ese límite aguas pertenecientes a la Zona Económica Exclusiva de Marruecos, como vengo diciendo reiteradamente desde hace años.

    (...)

    Otra cosa es que España, que actúa como un verdadero Estado forajido, al margen de la ley, no quiera soltar la teta, y pretenda ser "sujeto de Derecho Internacional por cuenta de Canarias", para trazar unilateralmente una supuesta mediana desde nuestro Archipiélago con Marruecos, que no se sostiene, y se esté planteando, además, disponer de unos recursos energéticos que no le corresponden dado que están en otro continente. ¿Con qué derecho, y en base a qué leyes?

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  31. http://www.eldia.es/2012-04-07/criterios/criterios14.htm

    España se está excediendo en sus competencias al otorgar permisos para la exploración y explotación de hidrocarburos más allá del límite exterior de su plataforma continental europea, muy corta, por otra parte, y pretender actuar en la plataforma continental de un Estado ribereño africano, conculcando flagrantemente el Derecho Marítimo Internacional, lo que constituye, además, un provocador y peligroso "casus belli".

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  32. Aparte, segun el abogado Javier Diaz Reixa, las competencias las marca los estatutos de autonomia y la constitución no la supuesta titularidad del dominio, existiendo amplia jurisdiccion al respecto con lo que España simplemente no tiene competencias para dar esas autorizaciones aun en el caso de que tuviera la titularidad de esas aguas que repito no son españolas

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  33. ¿Un artículo de opinión de Ramón Moreno Castilla en El Día?

    Haber empezado por ahí, ya me has convencido!!

    Ahora un poco más en serio, las declaraciones e ideas de Ramón tienen menos base jurídica que las tuya si cabe.

    De hecho, tengo una duda.

    ¿Cómo explicas que la ONU, vía la Organización Marítima Internacional, haya declarado el equivalente al área que corresponde a las aguas perimetrales y mar territorial de Canarias como Zona Marítima Especialmente Sensible (ZMES)?

    Y, por si fuera poco, el titular de esa zona es el estado español...

    ¿No decías que la ZEE Marroquí engloba hasta La Gomera?

    ¿Cómo puede ser que la ZMES canaria no sea de titularidad Marroquí en las aguas que separan Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura, si como tu dices son de la ZEE Marroquí?

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  34. Una cosa son las 12 millas que engloban a cada una de las islas que son sin duda de titularidad propia, otra cosa son las siguientes millas de influencia (creo que son 12 tambien) y otra cosa son los declaraciones institucionales españolas internas que pueden tener o no validez juridica internacional.

    por ejemplo la tan cacareada ley de aguas canarias es un pastuño para consumo interno sin validez juridica internacional

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